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Artículo 110

Ley de Ingresos del Municipio de Zapopan, Jalisco para el ejercicio Fiscal 2026· Título Cuarto › Capítulo IV

Por el uso de instalaciones deportivas municipales administradas por el Organismo Público Descentralizado denominado Consejo Municipal del Deporte de Zapopan Jalisco, se pagará la cuota que determine la Junta de Gobierno del COMUDE, quien fijará además las políticas y criterios para determinar exenciones, descuentos y pagos en parcialidades o diferidos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.