Servicio medido:
Los usuarios que estén bajo este régimen, deberán hacer el pago en los siguientes 15 días de la fecha de facturación bimestral correspondiente.
En los casos de que la dirección de agua potable y alcantarillado determinen la utilización del régimen de servicio medido el costo de medidor será con cargo al usuario.
Cuando el consumo mensual no rebase los 15 m3 que para uso doméstico mínimo se estima, deberá el usuario de cubrir una cuota mínima mensual de a $40.88 y por cada metro cúbico excedente, conforme a las siguientes:
TARIFAS DE A TARIFA 16m3 30 m3 $3.18 31m3 45m3 $3.71 46m3 60m3 $3.91 61m3 90m3 $4.27 91m3 En adelante $4.51 Página 49 de 92 Cuando el consumo mensual no rebase los 25 m3 que para mínimo uso no doméstico se estima, deberá el usuario de cubrir una cuota mínima mensual de a $52.83 y por cada metro cúbico excedente, conforme a las siguientes:
TARIFAS DE A TARIFA 26m3 40 m3 $5.28 41m3 55m3 $5.70 56m3 70m3 $5.97 71m3 85m3 $6.48 86m3 100m3 $6.50 101m3 En adelante $6.72 SUBSECCIÓN TERCERA Del Servicio de Cuota Fija