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Artículo 36

Ley de Ingresos del Municipio de Valle de Juárez, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Título Cuarto. DERECHOS

Quienes hagan uso del piso en la vía pública en forma permanente, pagarán mensualmente, los derechos correspondientes, conforme a la siguiente:

TARIFA I. Estacionamientos exclusivos, mensualmente por metro lineal: a) En cordón: $11.73 b) En batería: $18.00 II. Puestos fijos, semifijos, por metro cuadrado: 1.- En el primer cuadro, de: $9.67 a $29.40 2.- Fuera del primer cuadro, de: $9.67 a $27.22 III. Por uso diferente del que corresponda a la naturaleza de las servidumbres, tales como banquetas, jardines, machuelos y otros, por metro cuadrado, de: $12.60 a $20.58 IV. Puestos que se establezcan en forma periódica, por cada uno, por metro cuadrado: $5.10 a $12.21 V. Para otros fines o actividades no previstos en este artículo, por metro cuadrado o lineal, según el caso, de: $6.90 a $38.22

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 71