El municipio percibirá los ingresos por venta de bienes y servicios, de los recursos propios que obtienen las diversas entidades que conforman el sector paramunicipal y gobierno central por sus actividades de producción y/o comercialización, provenientes de los siguientes conceptos:
Ingresos por ventas de bienes y servicios producidos por organismos descentralizados;
Ingresos de operación de entidades paramunicipales empresariales;
Ingresos por ventas de bienes y servicios producidos en establecimientos del gobierno municipal.
CAPÍTULO PRIMERO PARTICIPACIONES FEDERALES Y ESTATALES