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Artículo 54 Ter

Ley de Ingresos del Municipio de Lagos de Moreno, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Título Cuarto. DERECHOS › Capítulo II. DERECHOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS › Sección Décima. AGUA POTABLE, DRENAJE, ALCANTARILLADO, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE AGUAS RESIDUALES

Las tarifas por el suministro de agua potable bajo el régimen de servicio medido en el Municipio, se basan en la clasificación establecida en el Reglamento para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado, Saneamiento y Disposición Final de las Aguas Residuales del Municipio de Lagos de Moreno, Jalisco, y serán:

I. Habitacional:

Cuando el consumo mensual sea no rebase los 10 m3, se aplicará la tarifa básica de $107.00 pesos, y por cada metro cúbico adicional se sumará la tarifa correspondiente de acuerdo a los 53 siguientes rangos:

De 11 a 20 m3 $ 5.01 3 De 21 a 30 m $ 5.13 3 De 31 a 50 m $ 6.15 De 51 a 70 m3 $ 12.93 3 De 71 a 100 m $ 21.26 3 De 101 a 150 m $ 23.75 3 De 151 m en adelante $ 37.24 II. Mixto comercial:

Cuando el consumo mensual no rebase los 12 m3, se aplicará la tarifa básica de $300.00 pesos, y por cada metro cúbico adicional se sumará la tarifa correspondiente de acuerdo a los siguientes rangos:

De 13 a 20 m3 $ 12.24 3 De 21 a 30 m $ 12.48 3 De 31 a 50 m $ 12.73 De 51 a 70 m3 $ 12.76 3 De 71 a 100 m $ 22.37 3 De 101 a 150 m $ 24.85 3 De 151 m en adelante $ 38.35 III. Mixto rural:

Cuando el consumo mensual no rebase los 12 m3, se aplicará la tarifa básica de $261.00 pesos, y por cada metro cúbico adicional se sumará la tarifa correspondiente de acuerdo a los siguientes rangos:

De 13 a 20 m3 $ 10.95 3 De 21 a 30 m $ 11.15 3 De 31 a 50 m $ 11.37 De 51 a 70 m3 $ 11.59 3 De 71 a 100 m $ 22.37 3 De 101 a 150 m $ 24.85 3 De 151 m en adelante $ 38.35 IV. Industrial:

Cuando el consumo mensual no rebase los 12 m3, se aplicará la tarifa básica de $669.00 pesos, y por cada metro cúbico adicional se sumará la tarifa correspondiente de acuerdo a los siguientes rangos:

De 13 a 20 m3 $ 38.08 3 De 21 a 30 m $ 38.46 3 De 31 a 50 m $ 38.84 De 51 a 70 m3 $ 39.21 54 De 71 a 100 m3 $ 43.85 De 101 a 150 m3 $ 46.71 3 De 151 m en adelante $ 49.37 V. Comercial:

Cuando el consumo mensual no rebase los 12 m3, se aplicará la básica de $256.00 pesos, y por cada metro cúbico adicional se sumará la tarifa correspondiente de acuerdo a los siguientes rangos:

De 13 a 20 m3 $ 16.23 3 De 21 a 30 m $ 16.47 De 31 a 50 m3 $ 16.70 De 51 a 70 m3 $ 18.98 3 De 71 a 100 m $ 22.37 3 De 101 a 150 m $ 24.85 De 151 m3 en adelante $ 38.35 VI. Servicios de hotelería:

Cuando el consumo mensual no rebase los 12 m3, se aplicará la tarifa básica de $487.00 pesos, y por cada metro cúbico adicional se sumará la tarifa correspondiente de acuerdo a los siguientes rangos:

De 13 a 20 m3 $ 33.72 3 De 21 a 30 m $ 34.03 3 De 31 a 50 m $ 34.37 De 51 a 70 m3 $ 36.26 3 De 71 a 100 m $ 38.86 3 De 101 a 150 m $ 40.97 3 De 151 m en adelante $ 49.37 VII. En Instituciones Públicas o que presten servicios públicos:

Cuando el consumo mensual no rebase los 12 m3, se aplicará la tarifa básica de $318.00 pesos, y por cada metro cúbico adicional se sumará la tarifa correspondiente de acuerdo a los siguientes rangos:

De 13 a 20 m3 $ 38.08 3 De 21 a 30 m $ 38.46 3 De 31 a 50 m $ 38.84 3 De 51 a 70 m $ 39.21 De 71 a 100 m3 $ 43.85 3 De 101 a 150 m $ 46.71 3 De 151 m en adelante $ 49.37

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