Este impuesto se causará y pagará, respecto de los actos o contratos que tengan por objeto la construcción, reconstrucción y ampliación de inmuebles, pagarán aplicando la tasa del:
1.25%. 20 El porcentaje se aplicará sobre la base fiscal del impuesto, es decir los valores unitarios totales de las obras materiales, publicadas en las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones del Municipio de Lagos de Moreno, Jalisco, debidamente aprobadas mediante decreto por el H. Congreso del Estado de Jalisco.
Estarán exentos del pago de este impuesto, las personas a que refiere la fracción VI, del artículo 131-BIS, de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco.