Los sujetos obligados en términos de esta sección, que durante el año 2026 acrediten mediante constancia expedida por la dependencia municipal correspondiente, el cumplimiento a la norma estatal de naturación de techo, serán acreedores al siguiente beneficio, según sea el caso:
Un descuento del 20% a los contribuyentes que lleven a cabo la naturación extensiva del techo de su propiedad, entendiendo como naturación extensiva la creación de una lámina vegetal bien adaptada y que tenga mínimos cuidados y mantenimiento; y Un descuento del 30% a los contribuyentes que lleven a cabo la naturación intensiva del techo de su propiedad; entendiendo como naturación intensiva la creación de verdaderos jardines con árboles, senderos e incluso estanques.