Quienes hagan uso del piso en la vía pública eventualmente, pagarán diariamente los derechos:
TARIFA.
I. Actividades comerciales o industriales, por metro cuadrado: a) En el primer cuadro, en período de festividades, de: $91.00 a $267.15 b) En el primer cuadro, en períodos ordinarios, de: $45.61 a $250.87 c) Fuera del primer cuadro, en período de festividades, de: $35.84 a $94.50 d) Fuera del primer cuadro, en períodos ordinarios, de: $32.58 a $81.45 II. Espectáculos y diversiones públicas, por metro cuadrado, de: $44.53 III. Tapiales, andamios, materiales, maquinaria y equipo, colocados en la vía pública, por metro cuadrado: $15.20 IV. Graderías y sillerías que se instalen en la vía pública, por metro cuadrado: $8.15 V. Venta y consumo de alimentos preparados, máximo 25 metros cuadrados y un permiso por predio, diariamente por metro cuadrado de: $15.20 a $43.44 VI. Por uso de piso en espacios deportivos administrados por el Municipio de Gómez Farías: a. Puesto Fijo por metro cuadrado por mes de: $240.00 b. Puestos semifijos, por metro cuadrado, por mes de: $147.00 c. Fuente de sodas, por metro cuadrado, por mes de: $158.00 d. Puesto Móvil en eventos deportivos y sociales, organizados por el Municipio por día, por metro cuadrado de: $391.00 VII. Otros puestos eventuales no previstos, por metro cuadrado: $44.53 35 VIII. Por cambios de ubicación, giros, días de trabajo u otras condiciones marcadas en el permiso y autorizadas previamente, suplencias del titular o cesión de derechos de puestos fijos, semifijos o móviles: a) Cambios en los permisos: $128.00 b) Cesión de derechos y/o suplencias del titular por metro cuadrado: $452.00 En caso de cesión o cambio de titular por consanguinidad en línea recta hasta el cuarto grado o entre cónyuges, se aplicará una tarifa equivalente al 50% respecto de lo señalado en el presente inciso, previo dictamen de la autoridad competente.
En caso de cesión o cambio de titular por consanguinidad en línea colateral hasta el cuarto grado, se aplicará una tarifa equivalente al 80% respecto de lo señalado en el presente inciso, previo dictamen y autorización de la autoridad competente.