Los ingresos por concepto de aprovechamiento son los que el municipio percibe por:
Recargos;
Los recargos se causarán conforme a lo establecido por el artículo 52 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco, en vigor.
Actualización Página 154 de 206 Cuando no se cubran las contribuciones por concepto de los impuestos, derechos, aprovechamientos y contribuciones especiales municipales, se actualizarán por el transcurso del tiempo y con motivo de los cambios de precios en el país, conforme a lo establecido en el artículo 44 bis de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco.
Multas;
Gastos de ejecución; y Otros aprovechamientos no especificados.