Las personas físicas o jurídicas que soliciten en uso a perpetuidad o uso temporal lotes en los cementerios municipales de dominio privado la construcción de fosas, pagarán los productos correspondientes de acuerdo a las siguientes:
TARIFA I. Lotes en uso a perpetuidad, por metro cuadrado: a) En la cabecera municipal: $ 570.60 b) En las delegaciones: $ 506.99 c) En las agencias $ 490.44 Las personas físicas o jurídicas, que estén en uso a perpetuidad de fosas en los cementerios municipales, que decidan traspasar el mismo, pagarán las cuotas equivalentes que, por uso temporal, correspondan como se señala en la fracción II, de este artículo.
II. Lotes en uso temporal por el término de cinco años, por metro cuadrado: a) En la cabecera municipal: $ 152.70 b) En las delegaciones: $ 145.49 c) En las agencias: $ 131.19 III. Para el mantenimiento de cada fosa en uso a perpetuidad o uso temporal se pagará anualmente por metro cuadrado de fosa: a) En la cabecera municipal: $ 64.41 b) En las delegaciones: $ 62.07 c) En las agencias: $ 57.29 Para los efectos de la aplicación de esta sección, las dimensiones de las fosas en los cementerios municipales, serán las siguientes: 1.- Las fosas para adultos tendrán un mínimo de 2.50 metros de largo por 1 metro de ancho; y 2.- Las fosas para infantes, tendrán un mínimo de 1.20 metros de largo por 1 metro de ancho. 92 Quienes acrediten tener la calidad de ser personas jubiladas, pensionadas, con discapacidad, viudos, viudas o ser personas adultas mayores que tengan 60 años o más, serán beneficiados con una reducción del 50% de las cuotas y tarifas que en esta sección se señalan, efectuando el pago en una sola exhibición lo correspondiente al año 2026.
En todos los casos se otorgará la reducción antes citada, para lo cual los beneficiados deberán entregar la siguiente documentación: a) Copia del talón de ingresos como personas pensionadas, jubiladas o con discapacidad expedido por institución oficial del país y de la credencial de elector. b) Cuando se trate de personas adultas mayores que tengan 60 años o más, copia de identificación y acta de nacimiento que acredite la edad del contribuyente. c) Tratándose de usuarios viudas y viudos, presentarán copia simple del acta de matrimonio y del acta de defunción del cónyuge.