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Artículo 36

Ley de Ingresos del Municipio de El Arenal, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Título Cuarto. DERECHOS › Sección Tercera. DEL USO, GOCE, APROVECHAMIENTO O EXPLOTACIÓN DE OTROS BIENES DE DOMINIO PÚBLICO

Las personas físicas o jurídicas que tomen en arrendamiento o concesión toda clase de bienes propiedad del municipio de dominio público pagarán a éste las rentas respectivas, de conformidad con las siguientes;

TARIFAS I. Arrendamiento de locales en el interior de mercados, por metro cuadrado, mensualmente, de: $ 73.99 a $ 138.31 II. Arrendamiento de locales exteriores en mercados, por metro cuadrado mensualmente, de: $ 116.90 a $ 231.38 III. Concesión de kioscos en plazas y jardines, por metro cuadrado, mensualmente, de: $28.62 a $ 81.09 IV. Arrendamiento o concesión de excusados y baños públicos, por metro cuadrado, mensualmente, de: $28.62 a $ 81.09 V. Arrendamiento de inmuebles para anuncios eventuales, por metro cuadrado, diariamente: $ 1.30 VI. Arrendamiento de inmuebles para anuncios permanentes, por metro cuadrado, mensualmente, de: $ 36.49 a $ 81.10

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 38