A los contribuyentes que acrediten tener la calidad de ser personas pensionadas, jubiladas, con discapacidad, viudas o adultas mayores que tengan 60 años o más, serán beneficiados con una reducción del 50% del impuesto a pagar el valor fiscal, respecto de la casa que habitan y de la que comprueben ser propietarios. Podrán efectuar el pago bimestralmente o en una sola exhibición, lo correspondiente al año 2026.
En todos los casos se otorgará la reducción antes citada, tratándose exclusivamente de una sola casa habitación para lo cual, los beneficiarios deberán entregar, según sea su caso la siguiente documentación: 26 a) Copia del talón de ingresos o en su caso credencial que lo acredite como persona pensionada, jubilada o con discapacidad expedido por institución oficial del país y de la credencial de elector. b) Recibo del impuesto predial, pagado hasta el sexto bimestre del año 2025, además de acreditar que el inmueble lo habita el beneficiado; c) Cuando se trate de personas que tengan 60 años o más, identificación y acta de nacimiento que acredite la edad del contribuyente. d) Tratándose de contribuyentes viudas y viudos, presentarán copia simple del acta de matrimonio y del acta de defunción del cónyuge.
A los contribuyentes con discapacidad, se les otorgará el beneficio siempre y cuando sufran una discapacidad del 50% o más atendiendo a lo dispuesto por el artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo. Para tal efecto, la hacienda municipal a través de la dependencia que esta designe, practicará examen médico para determinar el grado de discapacidad, el cual será gratuito, o bien bastará la presentación de un certificado que lo acredite expedido por una institución médica oficial del país.
Los beneficios señalados en este artículo se otorgarán a un solo inmueble.
En ningún caso el impuesto predial a pagar será inferior a las cuotas fijas establecidas en esta sección, salvo los casos mencionados en el primer párrafo del presente artículo.
En los casos que el contribuyente del impuesto predial, acredite el derecho a más de un beneficio, sólo se otorgará el de mayor cuantía.