El municipio percibirá ingresos por los impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos y aprovechamientos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación de pago.
CAPÍTULO I IMPUESTOS SOBRE EL PATRIMONIO 23
SECCIÓN PRIMERA DEL IMPUESTO PREDIAL