En los casos de traspaso de giros instalados en locales de propiedad municipal de dominio privado, el Ayuntamiento se reserva la facultad de autorizar éstos, mediante acuerdo del Ayuntamiento, y fijar los 76 productos correspondientes de conformidad con lo dispuesto por los artículos 65 y 75, fracción IV, segundo párrafo, de ésta ley, o rescindir los convenios que, en lo particular celebren los interesados.
Artículo 85
Ley de Ingresos del Municipio de Cihuatlán, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Título Quinto. PRODUCTOS › Capítulo Primero. DE LOS PRODUCTOS › Sección Primera. Del Uso, Goce, Aprovechamiento o Explotación de Bienes de Dominio Privado
Conexiones dentro de la misma norma
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.