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Artículo 76

Ley de Ingresos del Municipio de Cihuatlán, Jalisco para el ejercicio fiscal 2026· Título Cuarto. DERECHOS › Capítulo Tercero. DE OTROS DERECHOS › Sección Única. De los Derechos no Especificados

Los otros servicios que provengan de la autoridad municipal, que no contravengan las disposiciones del Convenio de Coordinación Fiscal en materia de derechos, y que no estén previstos en este título, se cobrarán según la importancia del servicio que se preste, conforme a la siguiente:

TARIFA I.

II.

III. Servicio de poda o tala de árboles. a) Poda de árboles hasta de 10 metros de altura, por cada uno: $935.80 72 b) Poda de árboles de más de 10 metros de altura, por cada uno: $1,924.08 c) Derribo de árboles de hasta 10 metros de altura, por cada uno: $1,785.56 d) Derribo de árboles de más de 10 metros de altura, por cada uno: $3,192.57 Tratándose de poda o derribo de árboles ubicados en la vía pública, que representen un riesgo para la seguridad de la ciudadanía en su persona o bienes, así como para la infraestructura de los servicios públicos instalados, previo dictamen de la dependencia respectiva del Municipio, el servicio será gratuito. e) Autorización a particulares para la poda o derribo de árboles, previo dictamen forestal de la dependencia respectiva del Municipio: $347.84 f) Por tala masiva de cocotera de más de diez metros de altura, cada una: $863.26 g) Por utilizar el auditorio de la casa de la cultura para eventos con fin de lucro: $3,453.00 a $6,906.06 h) Por utilizar talleres para eventos por aula con fines de lucro de: $431.60 a $863.26 i) Servicio de limpieza de fosas sépticas y retiro de desechos: $863.26 a $1,726.52 j) Servicio de suministro de agua con pipa de capacidad de 5,0000 a10000 litros de agua dentro de la cabecera municipal: $330.42 k) Servicio de suministro de agua con pipa de capacidad de 5,0000 a10000 litros de agua fuera de la cabecera municipal: $743.08 l) Por daños al patrimonio municipal: $863.26 IV. Para los efectos de este artículo, se consideran como horas hábiles, las comprendidas de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas; y V. Explotación de estacionamientos por parte del Municipio. 73

CAPÍTULO CUARTO DE LOS ACCESORIOS DE LOS DERECHOS

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.