Las personas físicas o jurídicas que requieran de los servicios que a continuación se mencionan para la realización de obras, cubrirán previamente los derechos correspondientes conforme a la siguiente:
TARIFA I. Por medición de terrenos por la dependencia municipal de obras públicas, por metro cuadrado: $3.86 II. Por autorización para romper pavimento, banquetas o machuelos, para la instalación de tomas de agua, descargas o reparación de tuberías o servicios de cualquier naturaleza, por metro lineal: 51 Tomas y descargas: a) Por toma corta (hasta tres metros): 1.- Empedrado o Terracería: $60.53 2.- Asfalto: $111.25 3.- Adoquín: $152.20 4.- Concreto Hidráulico: $171.77 b) Por toma larga, (más de tres metros): 1.- Empedrado o Terracería: $122.93 2.- Asfalto: $157.66 3.- Adoquín: $183.46 4.- Concreto Hidráulico: $202.98 c) Otros usos por metro lineal: 1.- Empedrado o Terracería: $70.23 2.-Asfalto: $133.57 3.- Adoquín: $169.95 4.- Concreto Hidráulico: $153.14 La reposición de empedrado o pavimento se realizará exclusivamente por la autoridad municipal, la cual se hará a los costos vigentes de mercado con cargo al propietario del inmueble para quien se haya solicitado el permiso, o de la persona responsable de la obra.
III. Las personas físicas o jurídicas que soliciten autorización para construcciones de infraestructura en la vía pública, pagarán los derechos correspondientes conforme a la siguiente: 1.- Líneas ocultas, cada conducto, por metro lineal, en zanja hasta de 50 centímetros de ancho:
TARIFA 52 a) Tomas y descargas: $146.36 b) Comunicación (telefonía, televisión por cable, internet, etc.): $13.67 c) Conducción eléctrica: $144.43 d) Conducción de combustibles (gaseosos o líquidos): $201.00 2.- Líneas visibles, cada conducto, por metro lineal: a) Comunicación (telefonía, televisión por cable, internet, etc.): $27.29 b) Conducción eléctrica: $19.52 3.- Por el permiso para la construcción de registros o túneles de servicio:
Un tanto del valor comercial del terreno utilizado.