El municipio percibirá los ingresos por venta de bienes y servicios, de los recursos propios que obtienen las diversas entidades que conforman el sector paramunicipal y gobierno central por sus actividades de producción y/o comercialización, provenientes de los siguientes conceptos:
Ingresos por ventas de bienes y servicios producidos por organismos descentralizados; Ingresos de operación de entidades paramunicipales empresariales.
Ingresos por ventas de bienes y servicios producidos en establecimientos del gobierno central. 98
TÍTULO OCTAVO Participaciones y aportaciones De las participaciones federales y estatales