Los ingresos por concepto de aprovechamientos, son los que el municipio percibe por:
I. Recargos;
Los recargos se causarán conforme a lo establecido por el artículo 52 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco, en vigor.
II. Actualizaciones;
Las actualizaciones se efectuarán conforme a lo establecido en el artículo 44 bis de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco, en vigor.
III. Multas;
IV. Gastos de ejecución; y V.- Otros aprovechamientos no especificados.