Los otros servicios que provengan de la autoridad municipal, que no contravengan las disposiciones del Convenio de Coordinación Fiscal en materia de derechos, y que no estén previstos en este título, se cobrarán según el costo del servicio que se preste, conforme a la siguiente:
TARIFA I.
II.
III. Servicios de poda o tala de árboles: a) Poda de árboles hasta de 10 metros de altura, por cada uno: $778.56 b) Poda de árboles de más de 10 metros de altura, por cada uno: $1,090.99 c) Derribo de árboles de hasta 10 metros de altura, por cada uno: $1,557.10 d) Derribo de árboles de más de 10 metros de altura, por cada uno: $1,954.92 Tratándose de poda o derribo de árboles ubicados en la vía pública, que representen un riesgo para la seguridad de la ciudadanía en su persona o bienes, así como para la infraestructura de los servicios públicos instalados, previo dictamen de la dependencia respectiva del municipio, el servicio será gratuito. 93 e) Autorización a particulares para la poda o derribo de arbolado público, previo dictamen forestal de la dependencia respectiva del municipio: $145.13 IV. Trámite de pasaportes, por cada uno: $452.89 V. Trámite para la expedición de permisos para la constitución de sociedades y asociaciones y de reformas a sus estatutos, por cada uno: $459.29 VI. Por hacer uso de las instalaciones del relleno sanitario municipal para la disposición final de residuos de lenta degradación tales como llantas o neumáticos, pagarán: a) llantas o neumáticos de hasta 17 pulgadas de rin, por cada una: $21.51 b) llantas o neumáticos de más de 17 pulgadas de rin, por cada una: $32.28 VII. Los ingresos que se obtengan de los parques y unidades deportivas municipales: a) Ingreso a unidades y canchas deportivas administradas por el ayuntamiento, excepto por niños menores de 6 años, quienes quedan exentos:
Por persona: $5.29 VIII. Concesión de kioscos en plazas y jardines, por metro cuadrado, mensualmente, de: $143.40 IX. Acceso al museo de las artes, por persona: a) Niños, estudiantes y maestros con credencial: $9.72 b) Adultos: $19.64 1.- Las personas con discapacidad y adultas mayores sólo pagarán el 50% del costo establecido en el inciso b: c) Ingreso en eventos culturales, artísticos o especiales de: $340.62 X. Por utilizar el salón de usos múltiples del Museo de las Artes, por evento y previa autorización de la dependencia municipal competente: $1,976.27 XI. Explotación de estacionamientos por parte del municipio; 94 XII. Autorizaciones otorgadas por la Secretaría General a) Para la realización de fiestas, en locales establecidos, salones de eventos, granjas o domicilios particulares, por cada evento, de: $282.66 a $1,133.67 b) Por la autorización para venta de alimentos, o similares, hasta por doce meses por cada uno: $566.46 a $1,215.51 c) Por la renta de máquinas de video juegos, o cualquier otro servicio similar, se cobrará por cada permiso y hasta seis meses, de: $1,223.47 d) Por la instalación de mini ferias, circos, carpas de espectáculos, o cualquier otro evento similar, en predios propiedad del municipio, del dominio público o particulares, se cobrará por la instalación del mismo, por temporada, de: $1,505.88 a 4,809.93 e) Por utilizar altavoces para efectuar propaganda, por evento, de: $1,223.47 f) Cualquier otro permiso otorgado por la secretaria general, para realizar cualquier acto de comercio y/o propaganda, no previsto en este apartado causara el cobro por día, de: $1,133.67 g) Por la autorización para venta de alimentos, o similares, en la Alameda Municipal hasta por doce meses por cada uno: $2,315.25 a $4,514.74 XIII. Licencias de inscripción ante la dirección municipal de Desarrollo Urbano: a) Cobro anual de licencia municipal para que los directores responsables de obra (Peritos), puedan realizar trámites para licencia de construcción y ejecución de obra y edificación a particulares y de urbanización: $975.63 b) Cobro anual de licencia municipal por la inscripción al padrón de proveedores de bienes y servicios aplicados a la obra pública: $1,626.03 c) Cobro anual de licencia municipal por la inscripción al padrón de contratistas y prestadores de servicios profesionales aplicados a la obra pública: $975.63 Las autorizaciones aquí otorgadas, no eximen al contribuyente al pago de los impuestos municipales, estatales o de cualquier otra índole prevista en las 95 leyes vigentes y/o particulares que cause el desempeño de la actividad.
XIV. Para los efectos de este artículo, se consideran como horas hábiles, las comprendidas de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas.
XV. Por servicios otorgados en el Centro de Salud Animal Municipal y los servicios prestados por la jefatura de Control y bienestar animal, se cubrirán los siguientes derechos: 1. Los servicios que a continuación se indican, conforme a la siguiente: a) Por consulta: $96.48 b) Por sacrificio: $275.66 c) Por manutención de animal agresor (10 días en observación): $1,130.42 d) Por manutención de animal callejero que cuente con dueño (5 días para sacrificio): $641.95 e) Por manutención de animal decomisado, por cada día: $96.48 f) Por tratamiento, dependiendo el peso del animal: 1. Básico que incluye la aplicación de medicamentos sintomatológicos y antimicrobianos, como son los antihistamínicos, antibióticos, antipiréticos, antiespasmódicos, antieméticos:
Hasta 10 kilogramos: $159.88 De 10 a 20 kilos: $184.70 2. Medio que incluye limpieza, desinfección, debridación y sutura de heridas:
Hasta 10 kilos: $347.32 De 10 a 20 kilos: $380.39 Más de 20 kilos: $417.62 g) Por constancia de salud: $311.48 h) Por observación domiciliaria (caso sospechoso de rabia): $745.65 96 Las cirugías de esterilización para el control de la natalidad en perros y gatos serán la orquiectomía y ovariohisterectomía, mismas que se prestarán de manera gratuita en tiempo de aplicación del programa o campaña para dicho fin; fuera de los casos anteriores el costo será el de los materiales utilizados.
XVI. Por la prestación de servicio de traslados otorgados por la Dirección de Protección Civil y Bomberos se cubrirán los derechos siguientes: a) Traslado local $578.81 b) Traslado a la Cd. de Guadalajara de: $5,209.31 a $6,945.75 c) Traslados foráneos excepto a Guadalajara: $ 34.73 por Kilómetro ACCESORIOS DE LOS DERECHOS