Por los servicios que preste la Secretaría de Transporte, la Secretaria de Seguridad, la Secretaría de la Hacienda Pública y, en su caso, el Servicio Estatal Tributario de Jalisco, se causarán derechos de acuerdo con la tarifa correspondiente:
I. Por la dotación y canje de placas, incluyendo tarjeta de circulación y calcomanía, se pagarán las siguientes tarifas: a) Automóviles, camiones, camionetas, tractores automotores y remolques: 1. De uso particular: $2,502.00 Los propietarios de automóviles, camiones, camionetas, tractores automotores, incluyendo los vehículos eléctricos y remolques, que soliciten placas de circulación con una serie o numeración específica, de acuerdo a la disponibilidad o placas de circulación con una serie especial para auto antiguo, pagarán el valor de las placas con un incremento del 50%. 2. De uso servicio público: $3,182.00 3. Los vehículos de servicio particular destinados y $834.00 adaptados para personas con discapacidad: 24 Los vehículos que hayan sido objeto de robo o ilícitos que impliquen una nueva dotación de placas de circulación, acorde a las constancias emitidas por la Fiscalía Estatal de Jalisco, estarán exentos del pago de los derechos referidos en el párrafo que antecede, la exención será aplicable únicamente a solicitud del titular previamente registrado ante las oficinas de recaudación fiscal del Estado. 4. Dotación y canje de Placas de Demostración $4,968.00 Sustitución de vehículos de servicio público incluyendo $180.00 tarjeta de circulación:
II. Dotación y canje de placas para motocicletas de $995.00 fabricación nacional o extranjera:
Tratándose de la dotación y canje de placas, especificadas en las fracciones I y II de este artículo, las placas metálicas, calcomanías de identificación y tarjetas de circulación, deberán de cumplir con el Acuerdo mediante el cual se fijan las características y especificaciones de las placas metálicas, calcomanías de identificación y revalidación y tarjetas de circulación para los diferentes tipos de servicios que prestan los automóviles, autobuses, camiones, motocicletas y remolques, emitido el 25 de septiembre de 2000 y la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SCT-2- 2016, emitida el 24 de junio de 2016 en el Diario Oficial de la Federación.
III. Por Refrendo Anual y Tarjeta de Circulación de PVC con código de seguridad QR, para automóviles, camiones, camionetas, tractores automotores y remolques, para el servicio particular y público. a) Automóviles, camiones, camionetas, tractores automotores, y remolques servicio particular y $1,000.00 público: b) Placas de demostración: $1,988.00 La tarjeta de circulación de PVC a que hace referencia en esta fracción III, tendrá la vigencia señalada en el propio documento, pudiendo extenderse durante todo el ejercicio fiscal a que corresponda la vigencia plasmada, además será obligatoria su 25 sustitución anticipada en la presentación de los avisos de cambio de propietario, cambio de domicilio, cambio de características del vehículo, y en nueva dotación de placas de circulación.
III Bis. Por refrendo anual y Tarjeta de Circulación en $600.00 papel para motocicletas:
Los pagos previstos en las fracciones III y III Bis de este artículo deberán efectuarse en el periodo comprendido del 02 de enero al último día hábil del mes de marzo de 2026 (dos mil veintiséis).
Los propietarios de automóviles, camiones, camionetas, tractores automotores, remolques y motocicletas, que hubieren sido objeto de robo, estarán exentos del pago de derechos previstos en la fracción III y III Bis de este artículo, por el ejercicio fiscal en que ocurrió el delito, siempre que el robo hubiere acontecido dentro del periodo de pago a que se refiere el párrafo anterior.
A los pagos efectuados que se realicen a través de Internet del 1º primero de enero y hasta el último día del mes de febrero del 2026 (dos mil veintiséis), por los derechos previstos en la fracción III inciso a) de este artículo, se otorgará un descuento de 5%.
Cuando los contribuyentes realicen el pago por refrendo anual y calcomanía de identificación vehicular sean automóviles, camiones, camionetas, tractores automotores y remolques, para el servicio particular y público, motocicletas, así como placas de demostración; sólo por el refrendo anual, deberán cubrir un monto de $100.00 correspondiendo $40.00 para la Cruz Roja Mexicana y $60.00 para el Hogar Cabañas.
IV. Permisos provisionales para que circulen vehículos: a) Vehículos con parabrisas estrellado hasta por treinta $35.00 días naturales, por día: b) Sin una placa hasta por noventa días, por día: $35.00 c) Sin placas y sin tarjeta de circulación hasta por $40.00 noventa días naturales, por única ocasión, por día: d) Para circular sin placas y sin tarjeta de circulación $40.00 26 de motocicletas hasta por noventa días naturales, por día: e) Para circular con vehículos con dimensiones excedentes con origen y destino, por treinta (30) días, $79.00 por día: f) Para circular vehículos con maquinaria y con equipo $390.00 móvil especializado: g) De 3,000 (tres mil) kilogramos o más, que circulen $297.00 en zonas prohibidas: h) Con huella de choque hasta por noventa días $35.00 naturales, por día: i) Sin placas para exhibición al público o demostración $40.00 hasta por noventa días, por día: j) Con vidrios polarizados, por año: $161.00 k) Para traslado de vehículos contaminantes con $76.00 origen y destino, por dos días: l) Para traslado de mercancías, menaje, semovientes y $41.00 ganado con origen y destino, por dos días: m) Para circular sin placas por robo o extravió de las $40.00 mismas hasta por treinta días naturales, por día: n) Para circular vehículos automotores sin reunir las condiciones necesarias para tal efecto hasta por treinta $40.00 días, por día: o) Para circular motocicletas sin reunir las condiciones necesarias para tal efecto hasta por treinta días, por $40.00 día: p) Para circular sin una placa de taxi, por día $35.00 q) Para circular sin placas de taxi, por día: $40.00 27 V. Por la emisión de dictámenes sobre: a) Estudios de impacto de tránsito: $561.00 b) Para ingresos y salidas en la integración a $491.00 vialidades: c) Para operación vial de centros escolares o $422.00 instituciones educativas de cualquier nivel: d) Para fijar vialidades en la transportación de residuos $141.00 sólidos, por cada una: e) Para el cierre de vialidades por concepto de obra $308.00 civil o eventos de cualquier tipo:
VI. Por renovación de dictamen o modificación de proyecto sobre: a) Estudios de impacto de tránsito: $491.00 b) Para ingresos y salidas en la integración de $282.00 vialidades: c) Estacionamiento exclusivo: $342.00 d) Maniobra de carga y descarga: $342.00 VII. Reposición o sustitución de tarjeta de circulación: a) Tarjeta de Circulación de PVC con código de $312.00 seguridad QR,según la fracción III de este artículo: b) Tarjeta de Circulación en papel, según la fracción III $158.00 Bis de este artículo:
VIII. Por la expedición, refrendo o reposición de licencias de conducir: a) Expedición de licencias de conducir con vigencia de 4 cuatro años en las siguientes modalidades: 1. Automovilista: $913.00 28 2. Chofer: $1,030.00 3. Motociclista:
3.1. Motociclista A1 y A2: $600.00
3.2. Motociclista A3: $1,000.00 4. Personas conductoras de transporte público con la $1,251.00 subcategoria C1, C1+E, C2, C3, C4, C5 y D3: 5. Personas conductoras de transporte público con $1,251.00 la subcategoria D1, D2: b) Refrendo de licencias de conducir con vigencia de 4 años, en las siguientes modalidades: 1. Automovilista: $766.00 2. Chofer: $913.00 3. Motociclista:
3.1. Motociclista A2: $500.00
3.2. Motociclista A3: $900.00 4. Personas conductoras de transporte público con la $1,143.00 subcategoria C1, C1+E, C2, C3, C4, C5 y D3: 5. Personas conductoras de transporte público con $1,143.00 la subcategoria D1, D2: c) Permiso de manejo para menores de edad en modalidad de Automovilista y Motociclista: 1. Por seis meses: $557.00 2. Por un año: $1,143.00 29 d) En la reposición o expedición de duplicado, de licencias en cualquier modalidad y permisos de manejo para menores de edad, se otorgará el 50% de descuento siempre y cuando el trámite se realice dentro de los dos primeros años de vigencia de la licencia o permiso.
Se otorgará un 50% de descuento en los trámites de la expedición, refrendo o reposición de licencias de conducir en cualquiera de sus modalidades, a las personas adultas mayores o con discapacidad. e) Corrección de datos en los primeros 5 días, de licencias en cualquier modalidad y permisos de manejo $239.00 para menores de edad:
IX. Otorgamiento de concesiones, permisos o autorizaciones, sean éstas de duración ordinaria o temporal, para la prestación del servicio público de transporte: a) Por concesiones de duración ordinaria para $4,354.00 explotar el servicio de transporte escolar: b) Por permiso de duración ordinaria, para explotar los servicios de transporte especializado en sus diferentes clasificaciones, así como el transporte de $4,354.00 carga mismo que se subdivide en carga general y carga especial: c) Por autorizaciones temporales para la prestación del servicio público que así lo requieran, con excepción del transporte especializado. El pago de $47.00 derechos será por día y hasta por 120 (ciento veinte) días: d) Por permisos eventuales para excursiones o $245.00 eventos recreativos, por día: e) Por la inscripción para la prestación de los servicios de transporte privado de punto a punto bajo demanda mediante aplicaciones móviles, anualmente $2,314.00 por unidad, indistintamente del número de empresas de redes de transporte en las que esté registrado: f) Por autorización para la explotación de servicios de $1,424.00 30 grúas en sus modos de arrastre, arrastre y salvamento: g) Por autorización para prestar servicio de $713.00 transporte comunitario Para el otorgamiento de permisos, concesiones y autorizaciones, el solicitante deberá acreditar que la unidad cuenta con seguro vigente de daños a terceros. h) Por autorizaciones temporales para la prestación del servicio público en modo de transporte escolar. El $10.00 pago de derechos será por día y hasta por 120 (ciento veinte) días:
X. Por la transmisión de derechos de la concesión o permiso del servicio público de transporte colectivo $21,089.00 de pasajeros que establece la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco:
XI. Por la transmisión de derechos de la concesión del servicio público de transporte en taxis y radio $7,489.00 taxis:
XII. Las transmisiones que se realicen por defunción referidas en las fracciones X y XI de este artículo estarán exentas, siempre y cuando se transmitan a los herederos en términos de la legislación aplicable.
XIII. Por la prórroga de permisos y concesiones para prestar el servicio público de transporte en $2,451.00 cualquiera de sus modalidades:
XIV. Expedición, canje y reposición de tarjetones de permisos, autorizaciones, concesiones y holograma $472.00 para prestar el servicio público de transporte, en cualquiera de sus modalidades:
XV. Por reempadronamiento e inspección físico mecánica para vehículos de servicio público de transporte: a) Por revista mecánica de vehículos del servicio de $491.00 transporte privado de punto a punto: 31 b) Por reempadronamiento y revista única especial de Transporte Especializado y de Carga: 1) Transporte Escolar: $5,855.00 2) Transporte de personal: $5,855.00 3) Transporte Turístico: $5,855.00 4) Transporte Ambulancias: $5,855.00 5) Transporte Funerarias: $5,855.00 6) Auto Escuelas: $5,855.00 7) Transporte de carga liviana con sitios: $5,855.00 8) Transporte de Carga: Carga General, Grúas en $5,855.00 todas sus modalidades y Carga Especial XVI. Por el registro de contrato de arrendamiento o aprovechamiento de permisos, autorizaciones y $476.00 concesiones de transporte público autorizados:
XVII. Trámite de baja vehicular de automotores registrados en el Estado: a) Vehículos automotores y remolques: $409.00 b) Motocicletas: $205.00 A las personas con discapacidad propietarias de vehículos de servicio particular, destinados y adaptados para su uso, se les concederá un descuento del 50%.
Estarán exentos del pago de este derecho, las personas que acrediten el robo o clonación del vehículo automotor, remolque o motocicleta que se pretenda dar de baja en el Registro del Estado, mediante denuncia presentada ante la autoridad competente que se exhiba con la solicitud de trámite y que exista constancia o registro del ilícito. 32 XVIII. Trámite de alta de vehículos procedentes de otras entidades federativas, con la baja correspondiente; así como, vehículos de procedencia extranjera sin antecedentes de registro: a) Vehículos automotores y eléctricos: $640.00 b) Motocicletas: $299.00 XIX. Verificación de documentos para comprobar la autenticidad de los mismos, verificación de adeudos pendientes, así como la validación de los elementos de identidad física de los automotores con fines de protección al patrimonio vehicular, ante una oficina de recaudación fiscal o en el módulo vehicular: a) Verificación documental y de adeudos, por trámite: $514.00 b) Validación de los elementos de identidad física de $408.00 los automotores, por trámite:
XX. Liberación de vehículos de transporte público, $382.00 expedida por la Secretaría de Transporte:
XXI. Por los servicios que preste el Registro Estatal de Movilidad y Transporte: a) Constancia de inscripción por unidad, de vehículos $288.00 del Transporte Público en todos sus modos: b) Constancia de inscripción de Lista de Sucesión de permisos y concesiones del servicio público de $223.00 transporte: c) Constancia de Modificación de la lista de Sucesión de permisos y concesiones del servicio público de $149.00 transporte inscritas en el Registro Estatal: d) Constancia de inscripción de personas jurídicas prestadoras del servicio de transporte público en $255.00 cualquiera de sus modos: e) Constancia de registro por unidad, de las unidades $271.00 pertenecientes a las empresas cuyo giro es el 33 arrendamiento de vehículos: f) Constancia de antigüedad como personas conductoras operadoras del servicio de transporte $188.00 público en cualquiera de sus modos: g) Inscripción de concesiones, permisos y autorizaciones del servicio de transporte público por unidad: 1. Para Personas Físicas: $255.00 2. Para Personas Jurídicas: $255.00 h) Constancia de historial de licencias de conducir $57.00 vehículos de motor: i) Certificación de los datos o documentos contenidos en el Registro Estatal, por hoja, a excepción de $35.00 licencias de conducir de vehículos de motor: j) Constancia de inscripción de los trabajadores que presenten sus servicios como personas conductoras $57.00 operadoras del servicio de transporte público en todos sus modos: k) Constancia para adquirir la titularidad de concesiones, autorizaciones o permisos del servicio de $181.00 transporte público: l) Constancia de acreditación del curso de sensibilización, concientización y prevención de accidentes viales por causa de ingesta de alcohol, $676.00 estupefacientes o psicotrópicos para el trámite de recuperación de licencia: m) Certificación de licencias de personas operadoras conductoras del servicio de transporte público en todos $82.00 sus modos: n) Movimiento o registro de propietario de vehículo en $899.00 el padrón vehicular estatal: 34 ñ) Certificación de licencias de conducir vehículos de motor en sus categorías de motociclista, automovilista, $60.00 chofer y permiso de menor: o) Certificación de la titularidad de los permisionarios y $254.00 concesionarios del transporte público: p) Certificación para apostille: $35.00 q) Constancia de registro de los titulares de concesiones, autorizaciones y permisos del servicio $245.00 del transporte público: r) Constancia de registro del representante de los sitios o matrices de control del servicio de taxi, radio $727.00 taxi y empresas de redes de transporte: s) Constancia de inscripción de la autorización de los vehículos $254.00 que circulen en la vía pública y porten publicidad: t) Constancia de inscripción del otorgamiento en $73.00 garantía de los derechos derivados de una concesión: u) Rectificación de datos en constancias: $73.00 v) Holograma de seguridad del servicio de transporte $124.00 público por concepto de registro: w) Constancia de inscripción o constancia de cancelación de la inscripción para prestar el servicio de $113.00 transporte privado de punto a punto por unidad: x) Constancia de inscripción para operar como $245.00 empresas de redes de transporte: y) Registro del contrato de adhesión con el cual prestan sus servicios las empresas de redes de $278.00 transporte: z) Cancelación del registro de contrato de adhesión $282.00 con el cual prestan sus servicios las empresas de 35 redes de transporte:
XXII. Autorización anual para portar publicidad en las unidades del servicio público de transporte, de conformidad con el Reglamento de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco: a) Nivel uno: $3,403.00 b) Nivel dos: $4,764.00 c) Nivel tres: $3,813.00 El solicitante podrá optar por pagar de manera diferida en 12 (doce) mensualidades.
Si se opta por pagar una anualidad, se aplicará un descuento del 10%, al cobro establecido en esta fracción, siempre y cuando el pago se realice durante los meses de enero, febrero y marzo.
XXIII. Por los servicios que preste el Instituto Metropolitano de Planeación del Área metropolitana de Guadalajara, cuando se trate del Área metropolitana de Guadalajara; y la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial, cuando se trate del interior del Estado: a) Estudio de ruta nueva, por estudio: $4,076.00 b) Estudio para ampliación o modificación de ruta, por $3,135.00 estudio:
XXIV. Expedición de gafetes o tarjeta inteligente con fotografía para identificación de personas operadoras conductoras de vehículos del servicio de transporte público, previstos en el artículo 188 de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco: a) Personas conductoras operadoras de transporte $715.00 público en su modo de masivo o colectivo: b) Personas conductoras de transporte público en su $715.00 modo de taxi, taxi con sitio y radio taxi: c) Personas conductoras de transporte público en su $715.00 36 modo de especializado: d) Personas conductoras operadoras de transporte $715.00 público en su modo de carga: e) Personas conductoras operadoras del servicio de $835.00 transporte público en su modo de trasporte escolar:
Los tramites de esta fracción de los incisos a), b), c), d) y e) tendrán un costo de $456.00 pesos para adultos mayores de 65 años de edad en adelante, y que sean operadores de vehículos del servicio público de transporte.
XXV. Expedición de ploteo de planos de infraestructura vial: a) Ploteo de planos a color: $209.00 b) Ploteo de planos a blanco y negro: $140.00 XXVI. Por los servicios que preste la Secretaría de Transporte respecto a la regularización y funcionamiento de los centros de capacitación acreditados para los conductores del servicio público de transporte de personas y cosas: a) Solicitud de evaluación de los centros de $680.00 capacitación para conductores del transporte público: b) Evaluación de los centros de capacitación para $20,420.00 conductores del transporte público:
XXVII. Por los servicios prestados por personal operativo, preventivo y especializado de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Jalisco, incluyendo escuadrones especializados, agrupamientos tácticos y equipos de intervención inmediata, requeridos en eventos organizados con fines recreativos, deportivos, turísticos, culturales y/o comerciales, se causarán los derechos conforme a las tarifas siguientes: a) Por equipo especializado por día: $3,450.00 b) Por elemento nivel mando por día : $3,200.00 37 c) Por elemento operativo por día: $2,860.00 d) Por unidad motorizada, por día: $1,373.00 XXVIII. Por el registro para operar como empresas $49,080.00 de redes de transporte:
XXIX. Por la cancelación del otorgamiento de la inscripción para prestar servicios de transporte privado $701.00 de punto a punto:
XXX. Por la renovación de la inscripción para operar $50,775.00 como empresas de redes de transporte:
XXXI. Por la cancelación de la inscripción para operar $727.00 como empresas de redes de transporte:
XXXII. Por la expedición del acuerdo que contiene el reconocimiento de titularidad en la trasmisión del permiso o concesión de transporte público en sus $7,597.00 modalidades de taxi con sitio o radio taxi en los casos de cesión de derechos mediante poder:
XXXIII. Por la expedición del acuerdo que contiene el reconocimiento de titularidad en la trasmisión del permiso o concesión de transporte colectivo de $21,398.00 pasajeros, en los casos de cesión de derechos mediante poder:
XXXIV. Por los servicios que preste la Secretaría de Transporte respecto la regularización y funcionamiento del Sistema Interoperable de Recaudo del Estado de Jalisco: a) Para las Empresas Tecnológicas de recaudo: 1. Certificación inicial de la solución tecnológica de equipos de cobro y transmisión de datos de las $55,261.00 empresas tecnológicas operadoras de recaudo: 2. Certificación anual de la solución tecnológica, de $11,922.00 equipos de cobro y transmisión de datos de las 38 empresas tecnológicas de recaudo: 3. Por la adquisición del módulo SAM (Secure Access $969.00 Module) para Empresas tecnológicas de recaudo:
XXXV. Por los servicios que preste la Secretaría de Transporte en las instalaciones de la Antigua Estación Central de Autotransporte: a). Expedición o reposición del carnet para el acceso de autobuses a las instalaciones de la antigua estación $34.00 central de autotransporte: b). Prueba antidoping a los operadores de autobuses en las instalaciones de la antigua estación central de $230.00 autotransporte:
XXXVI. Los servicios de grúa en sus modos de arrastre, arrastre y salvamento, serán conforme a las tarifas siguientes:
TARIF A POR TIEMPO SERVI DE CIO ESPERA MANIOBR DE MANIOBR EN EL AS POR TRASL AS POR VUELTA DE LUGAR HORA ADO HORA GRÚA O Y/O FUERA LOCAL DOLLY SOBRE SERVICIO CUSTODI DEL TIPO DE (POR O PATÍN /CAMINO COSTO SENCILLO AA /CAMINO VEHÍCU DESCRIPCIÓ CADA (SOLO (POR POR KM. (MÁS EL SOLICITU (POR LO N DEL SERVI PARA HORA O FUERA TEIMPO DE D DE LA HORA O (SEGÚN VEHÍCULO CIO) VEHÍCU FRACCIÓ DE LA ESPERA O AUTORID FRACCIÓ SCT) DENT LO TIPO N Y POR Z.M.
SERVICIOS AD (POR N Y POR RO DE "A") CADA ADICIONAL HORA O CADA LA GRÚA ES) FRACCIÓ GRÚA
Z.M.G. UTILIZAD N) EN EL UTILIZAD SIN A) LUGAR A) CARG DE LOS A HECHOS ADICI ONAL Automovil, pick-up, moto $1,083.
A $541.00 $726.00 $541.00 $2,202.00 $3,304.00 $42.00 de más de 126 00 c.c.
Camionetas hasta de 4,000 kilogramos con doble rodado o rodado $2,011. No B $1,006.00 $1,006.00 $2,318.00 $3,477.00 $46.00 sencillo, 00 aplica incluye vehículos blindados hasta tipo "B" Camión de $2,458. No C $1,230.00 $1,230.00 $2,550.00 $3,824.00 $64.00 4,001 kg hasta 00 aplica 39 8,000 kg de capacidad o Midibús, camión rabón 1 eje trasero Camiones de más de 8,000 kg de capacidad Autobuses urbanos y foraneos, $3,296. No D $1,648.00 $1,648.00 $3,245.00 $4,868.00 $75.00 tractocamión y 00 aplica tortón con 2 ejes trasero o más, incluye cajas de trailer y remolques (por cada uno) Precios considerados para el traslado desde el lugar de origen del accidente, descompostura y/o detención hasta el destino y/o el depósito, fuera de zona autorizada en lo futuro se deberá agregar a la tarifa por traslado 25% adicional por Servicio Nocturno y Día Festivo. Vehículos con carga se cobra doble servicio.
XXXVII. Curso de formación y capacitación como auditor e inspector de seguridad vial: a) Personas o sectores profesionales privados: $9,088.00 b) Para servidores públicos de los municipios del Estado de Jalisco relacionados con la seguridad $6,361.00 vial: c) Curso dirigido a las personas o sectores profesionales públicos o privados que ya recibieron el curso de formación y capacitación como auditor e $2,399.00 inspector de seguridad vial, el cual podrán recibir después de 2 años de haberlo concluido:
Se exentará del pago de derechos previstos en este artículo a los vehículos oficiales que pertenezcan del Gobierno del Estado de Jalisco.
XXXVIII. Por los servicios que preste la Secretaría de Transporte respecto a la Acreditación de $1,200.00 Autoescuelas.