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Capítulo IXIMPUESTOS EXTRAORDINARIOS

Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco · arts. 129 a 131

Artículos

  • Art. 129Los municipios podrán promover ante la Legislatura del Estado, la creación de un impuesto extraordinario para la realización de…
  • Art. 130En la promoción con que se inicie la creación de un Impuesto Extraordinario, el Ayuntamiento enviará al Congreso del Estado un…
  • Art. 131El objeto, el sujeto, los responsables solidarios, la base, el pago y demás elementos constitutivos del impuesto, se determinarán…