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Artículo 70

Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco· Libro Segundo. DE LOS INGRESOS › Título Primero. Impuestos › Capítulo II. Impuesto sobre Actividades Comerciales Industriales y de Prestación de Servicios

Son sujetos de este impuesto, las personas físicas o morales que, habitual o eventualmente, realicen actividades gravadas por este capítulo, cuyas operaciones sean realizadas o que surtan sus efectos en el territorio de los municipios del Estado.

Igualmente son sujetos del impuesto, las unidades económicas que, habitual o eventualmente, realicen actividades gravadas.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.