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Artículo 209

Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco· Libro Cuarto. Del Ejercicio Del Gasto, Contabilidad Y Cuenta Pública › Título Segundo. Del Presupuesto de Egresos › Capítulo I. DE LA PREPARACIÓN DEL PRESUPUESTO

La Tesorería o Hacienda Municipal realizará estudios pertinentes con el propósito de formular una política de gasto público razonada respecto al desenvolvimiento de los indicadores de impacto en la sociedad y de contar con criterios financieros que permitan incrementar la eficiencia en el aprovechamiento de los arbitrios del municipio.

Los recursos para cubrir los adeudos del ejercicio fiscal anterior, previstos en el proyecto de presupuesto de egresos, podrán ser hasta por el 2.5 por ciento de los ingresos totales del municipio.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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