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Artículo 202

Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco· Libro Cuarto. Del Ejercicio Del Gasto, Contabilidad Y Cuenta Pública › Título Primero. Disposiciones Generales › Capítulo Unico. Del Gasto Público

El gasto público municipal, para su correcta aplicación y la consecución de sus objetivos, se basará en el presupuesto de egresos, el que deberá formularse con base en programas que señale los objetivos, las metas con base en indicadores de desempeño y las unidades responsables de su ejecución, traducidos en capítulos, conceptos y partidas presupuestales.

Dichos indicadores de desempeño corresponderán a un índice, medida, cociente op (sic) fórmula que permita establecer un parámetro de medición de lo que se pretende lograr en un año expresado en términos de cobertura, eficiencia, impacto económico y social, calidad y equidad.

La elaboración del presupuesto deberá realizarse por cada año calendario, en base a costos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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