Para los efectos de esta Ley se denominan Contribuyentes, de Impuestos, Contribuciones Especiales, Derechos, Productos y Aprovechamientos, a las personas físicas, morales y unidades económicas, cuyas actividades coincidan con alguna de las situaciones jurídicas previstas en la misma.
Artículo 2
Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco· Libro Primero. DISPOSICIONES PRELIMINARES › Título Unico › Capítulo I. Disposiciones Generales
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