1. El Gobierno del Estado de Jalisco, a través de la CGECyDE y de las dependencias y entidades competentes, desarrollarán una plataforma digital a fin de contar con un censo de toda la oferta académica, programas de incubación y aceleración de empresas, tesis de inversión de fondos institucionales, inversionistas ángeles o grupo de ellos, oferta de servicios brindados por intermediarios financieros bancarios y no bancarios, así como información respecto de los proyectos de emprendedores estratificados por sector, ubicación geográfica, número de empleos, nivel de ventas, posiciones vacantes, entre otros.
Artículo 26
Ley de Fomento al Emprendimiento del Estado de Jalisco· Título Cuarto. De las Medidas Adicionales para Promover el Emprendimiento › Capítulo I. De la Plataforma Jalisco de Emprendimiento
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: 36