La Secretaría de Salud auxiliará en la ejecución durante el proceso penal, de las medidas cautelares o condiciones siguientes:
I. Abstenerse de consumir drogas o estupefacientes o de abusar de las bebidas alcohólicas;
II. Participar en programas especiales para la prevención y el tratamiento de adicciones;
III. Someterse a tratamiento médico o psicológico; y IV. Sometimiento al cuidado o vigilancia por una institución determinada o internamiento a institución determinada.