La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, auxiliará en la ejecución durante el proceso penal de las condicionantes siguientes:
I. Prestar servicio social a favor del Estado o de Instituciones de Beneficencia Pública;
II. Tener un trabajo o empleo o adquirir en el plazo que el Juez de Control determine, un oficio, arte, industria o profesión, si no tiene medios propios de subsistencia; y III. Aprender una profesión u oficio o seguir cursos de capacitación en el lugar o la institución que determine el juez de control.