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Artículo 23

Ley de Educación del Estado Libre y Soberano de Jalisco· Título Segundo. Del Sistema Educativo Estatal › Capítulo II. Del tipo de educación básica

La educación básica está compuesta por el nivel inicial, preescolar, primaria y secundaria.

Los servicios que comprende este tipo de educación, entre otros, son:

I. Inicial escolarizada y no escolarizada;

II. Preescolar general, intercultural y comunitario;

III. Primaria general, intercultural y comunitaria;

IV. Secundaria, entre las que se encuentran la general, técnica, comunitaria, intercultural o las modalidades regionales autorizadas por la autoridad educativa estatal;

V. Secundaria para trabajadores; y VI. Telesecundaria.

De manera adicional, se considerarán aquellos para impartir educación especial, incluidos los Centros de Atención Múltiple.

Edad mínima para ingresar a la educación básica

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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