El Sistema Estatal de Información para el Desarrollo Social deberá contener como mínimo lo siguiente:
I. Los niveles estatales de desarrollo social por municipio y región;
II. Indicadores del desarrollo social nacionales e internacionales que tengan relación con los estatales;
III. Los índices de medición multidimensional de la pobreza tomando en cuenta por lo menos los siguientes factores: a) Ingreso corriente per cápita; b) Rezago educativo promedio en el hogar; c) Acceso a los servicios de salud; d) Acceso a la seguridad social; e) Calidad y espacios de la vivienda; f) Acceso a los servicios básicos en la vivienda; g) Acceso a la alimentación; h) Grado de cohesión social; i) Grado de accesibilidad a carretera pavimentada; y j) Grado de accesibilidad a las tecnologías de comunicación y de la información;
IV. Los índices de medición del abandono o deserción escolar;
V. La retroalimentación y las propuestas de las contralorías sociales o consultas públicas en relación con los programas de desarrollo social;
VI. Los resultados de las evaluaciones que se realicen de los programas de desarrollo social en los que participe el Gobierno del Estado o los municipios; y VII. Estudios e investigaciones sobre el desarrollo social en el Estado.