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Capítulo Único

Ley de Desarrollo Forestal Sustentable para el Estado de Jalisco · arts. 34 a 37

Artículos

  • Art. 34La Secretaría es la responsable de establecer los procedimientos de concertación interinstitucional con organismos Federales…
  • Art. 35Respecto de la forestación y reforestación con propósitos de conservación y restauración, se estará a lo dispuesto por la Ley…
  • Art. 36La Secretaría se coordinará con la Federación y los Gobiernos Municipales, en todas aquellas acciones tendientes a la promoción…
  • Art. 37La Secretaría podrá promover la declaración de zonas de protección forestal para aquellas adscripciones geográficas que hayan…