El Code Jalisco, de acuerdo con los lineamientos establecidos en esta ley y su reglamento, podrá otorgar el reconocimiento a la asociación deportiva estatal que aglutine el mayor número de equipos o clubes deportivos afiliados, ligas deportivas y deportistas independientes y que ésta participe en las convocatorias, satisfaciendo los requisitos previstos en esta ley, sin perjuicio de las acciones y garantías previstas en las demás legislaciones federales y la normatividad aplicable.
Artículo 52
Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Jalisco· Capítulo VI. De la participación de los organismos deportivos en el Sistema Estatal de Cultura Física y Deporte
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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