Los interesados podrán en forma voluntaria, a través de la auditoría sanitaria solicitada a la Agencia, realizar el examen metodológico de sus operaciones, respecto del riesgo que generan, controlan o minimizan, así como el grado de cumplimiento de las disposiciones reglamentarias o técnicas en la materia, de los parámetros internacionales o de buenas prácticas aplicables.
La Agencia desarrollará un programa dirigido a fomentar la realización de auditorías, que será dado a conocer a través de disposiciones reglamentarias. 29 Título Cuarto De la Inocuidad y Calidad