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Artículo 21

Ley Agroalimentaria del Estado de Jalisco· Título Primero. Disposiciones Preliminares › Capítulo IV. De la Coordinación Interinstitucional Municipal, Estatal y Federal

La Agencia promoverá y, en su caso, establecerá esquemas de coordinación eficaces con las Secretarías de Salud, del Trabajo y Previsión Social, y de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial, que permitan vincular la protección fitozoosanitaria con la salud humana y la protección al medio ambiente y recursos naturales.

La Agencia podrá proponer estos esquemas a través de los canales de coordinación existentes o a través de la suscripción de convenios de colaboración directamente con dichas secretarías o, incluso, con la representación federal correspondiente. 19

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.