El conserje es el jefe de la servidumbre de cada establecimiento y sus obligaciones son las siguientes:
I. Distribuir equitativamente los trabajos de los mozos;
II. Señalar, de acuerdo con los profesores y adjuntos preparadores, al mozo que deba prestar sus servicios en las clases en que se necesiten;
III. Cuidar de que los mozos conserven aseado el establecimiento y de que lleven a las clases los útiles necesarios;
IV. Vigilar las labores de los operarios que trabajen en el establecimiento; y V. Obedecer y hacer que los mozos obedezcan las órdenes de sus superiores, que son: el director, el subdirector-secretario y los demás empleados que determinen las disposiciones reglamentarias especiales para cada establecimiento.