Capítulo VDe las clases
Disposiciones de la enseñanza secundaria (Educación, abrogada) · arts. 25 a 29
Artículos
- Art. 25Las clases comenzarán el día 17 de septiembre y terminarán el 31 de mayo.
- Art. 26Para que una clase se abra es indispensable que estén matriculados en ella al menos cinco alumnos; pero se clausurará luego que…
- Art. 27Ningún profesor tendrá a su cargo la enseñanza de más de sesenta alumnos de asistencia media.
- Art. 28Las clases durarán una hora, salvo las que incluyan observaciones o experimentaciones. Estas podrán durar más tiempo; pero sólo…
- Art. 29Las faltas de asistencia a clase, aunque se justifiquen, no deberán borrarse; figurarán en total en la lista de examen a fin de…