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Artículo 105

Del Poder Judicial (Administrativas, abrogada)· Título Octavo. DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA › Capítulo I. DISPOSICIONES GENERALES

El Supremo Tribunal de Justicia, para el cabal desempeño de sus funciones, tendrá  las dependencias que se mencionan en el artículo 108 las que deberán contar con un titular y el personal de apoyo que determine el presupuesto de egresos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: 108

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.