Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 8

Del Código Sanitario (Salúd, abrogada)

Todas las observaciones médicas referentes a la Salubridad Pública, consultas relativas a Higiene Pública y medidas sanitarias que deban adoptarse, se dirigirán al Jefe del Departamento quien previo dictamen acordará con el C. Gobernador la resolución que deba darse.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.