El presente Reglamento tiene por objeto establecer las bases y requisitos a que deberá sujetarse el tránsito de peatones, vehículos y semovientes en las vías públicas del Estado de manera que queden protegidas las personas y la propiedad y sean cómodas y expeditas las comunicaciones.
Artículo 1
De Tránsito (Administrativas, abrogada)
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.