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Artículo 9

De Hacienda Municipal (Fiscales, abrogada)

Los Empleados y Funcionarios que autoricen actos sin dar cumplimiento a las disposiciones correspondientes de esta Ley, serán responsables subsidiariamente con los causantes del pago de las prestaciones fiscales respectivas.

En la misma obligación subsidiaria incurren los representantes suficientemente instruidos y expensados, respecto de los créditos que deban satisfacer en nombre de sus representados.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.