Los consejos municipales de desarrollo urbano y vivienda están integrados por representantes de los sectores público, privado y social del Municipio y son presididos por el Presidente Municipal.
Su integración, organización, funcionamiento y atribuciones se regulan en los reglamentos municipales aplicables, debiendo quedar instalados durante el primer año de la administración municipal y sesionar al menos en forma bimestral.
En su integración estarán los presidentes del comisariado ejidal, para prever e integrar nuevos asentamientos dentro de los derechos y obligaciones que establece el presente Código.