Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 205

Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco· Libro Segundo. DE LOS DELITOS EN PARTICULAR › Título Décimo Sexto. DELITOS CONTRA LA VIDA E INTEGRIDAD CORPORAL › Capítulo I. Disparo de arma de fuego sobre persona y ataque peligroso

Se impondrán de tres meses a dos años de prisión al que:

I. Dispare sobre alguna persona un arma de fuego; y II. Ataque a alguien de tal manera, que, en razón del arma empleada, de la fuerza o destreza del agresor o de cualquiera otra circunstancia semejante, ponga en peligro la vida o la integridad física del agredido.

Cuando por el número de disparos o la prolongación del ataque grave haya base lógica para presumir que la intención del activo fue la de privar de la vida o salud al ofendido, se aplicarán las sanciones correspondientes a la tentativa de homicidio o de lesiones según el caso.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.