Antes de que se inicie la ejecución tendiente a hacer efectivo un crédito en contra de quien no sea directamente responsable, será necesario hacerle notificación en la que se expresará:
I. El nombre del sujeto pasivo con responsabilidad directa;
II. La resolución de la que se derive el crédito fiscal y el monto de éste;
III. Los motivos y fundamentos por los que se le considera responsable del crédito; y IV. El plazo para el pago que será de 15 días salvo que la Ley señale otro.