La Tesorería podrá celebrar convenios con los sujetos pasivos o las asociaciones que los agrupen, con objeto de determinar estimativamente la base gravable a la que se aplicarán las tasas cuotas o tarifas que señale la Ley de Ingresos para el pago de sus impuestos a cuota fija.
Artículo 223
Codigo Fiscal del Estado (1977) (Fiscales, abrogada)· Libro Cuarto. DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO › Título Cuarto. De la Determinación y Liquidación Tributaria
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