La pena que corresponde al delito de defraudación se impondrá también, a quien:
I. Mediante la simulación de actos jurídicos omita total o parcialmente el pago de los Impuestos a su cargo; y II. Quien proporcione falsamente a las autoridades fiscales que lo requieran, datos o informes que sean necesarios para determinar la base gravable de los tributos que se causen.