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Artículo 106

Codigo Fiscal del Estado (1977) (Fiscales, abrogada)· Libro Segundo. DE LOS INGRESOS TRIBUTARIOS › Título Primero. De los Impuestos sobre el Patrimonio, Negocios Jurídicos, Instrumentos Notariales y la Renta › Capítulo IV. Del Impuesto sobre Rendimientos del Capital y Contratos Aleatorios

Estarán exentos del pago de este impuesto, los ingresos de productos o rendimientos provenientes de:

I. Las operaciones celebradas por la Federación, el Estado y los municipios;

II. Las operaciones e ingresos que sean objeto del impuesto al Comercio y la Industria;

III. Las operaciones o títulos respecto de los cuales deba gozarse de exención por disposición de las Leyes Federales; y IV. Los intereses que devenguen los créditos provenientes de ventas a plazo, siempre que aquellos se conserven en poder del vendedor o de sus sucesores a título Universal.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.