Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 163

Codigo Fiscal del Estado (1976) (Fiscales, abrogada)· Libro Tercero. DE LOS ILÍCITOS TRIBUTARIOS › Título Segundo. De los Delitos

Para proceder penalmente por los delito previstos en este Código, se requerirá querella de la Tesorería General del Estado.

Para que proceda la condena condicional cuando se incurra en delitos fiscales, además de los requisitos señalados en el Código Penal Estatal será preciso acreditar que el interés fiscal esté satisfecho o garantizado.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.