Servirá de base para el pago de este impuesto, el monto de los ingresos provenientes de operaciones comerciales subsecuentes a las de primera mano de alcohol y bebidas alcohólicas.
La Ley de Ingresos podrá fijar cuotas especiales para establecimientos afectos a este impuesto atendiendo al lugar de su ubicación, a su capital en giro, a sus ingresos y a los demás elementos que permitan conocer su importancia y capacidad contributiva.