Servirá de base para el pago de este impuesto, el volumen real de los productos obtenidos.
Para los efectos de este impuesto se entiende por volumen real el que corresponda al alcohol y bebidas alcohólicas en el momento en que queden dispuestos para su enajenación.
La Ley de Ingresos podrá establecer cuotas especiales por unidades en litros para determinados productos, tomando en cuenta su naturaleza, o su valor en el mercado.