Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Capítulo Décimo PrimeroDesintegración y Desinstalación

Código Electoral del Estado de Jalisco · arts. 183 a 185

Artículos

  • Art. 1831. La desintegración y desinstalación de los Consejos Distritales Electorales se llevará a cabo a más tardar treinta días después…
  • Art. 1841. La desintegración y desinstalación de los Consejos Municipales Electorales se llevará a cabo a más tardar quince días después…
  • Art. 1851. La desintegración y desinstalación de los Consejos Distritales y Municipales Electorales implica la conclusión de los efectos…